La presente tiene carácter de Declaración Jurada, en el marco del protocolo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020 de comprobarse su falsedad le serán aplicables las sanciones conforme la normativa vigente y quedará incurso en las penalidades previstas por los artículos 202, 203, 205, 239 y concordantes del Código Penal.
La presente solicitud debera completarse SOLO cuando se cumplan los días de aislamiento pautados por el personal de Salud, no antes.
Asimismo que los certificados emitidos por profesionales del subsector privado tienen validez para el alta.